NuevoLe贸n, el art铆culo 344 del C贸digo Penal de este estado contempla de 6 meses a 3 a帽os de prisi贸n. En los estados de Nayarit (art铆culo 333) y Yucat谩n (art铆culo 295) tambi茅n se paga con c谩rcel el delito de difamaci贸n, con hasta 2 y 3 a帽os de prisi贸n respectivamente. Por su lado, el delito de calumnia, sigue siendo penalizado en:
Seexpide el C贸digo Penal para el Estado de Michoac谩n, para quedar como sigue: C脫DIGO PENAL PARA EL ESTADO DE MICHOAC脕N LIBRO PRIMERO PARTE GENERAL T脥TULO PRELIMINAR DERECHOS HUMANOS Y GARANT脥AS PENALES Art铆culo 1. Principio de legalidad A nadie se le impondr谩 pena, medida de seguridad, ni
Vigente con las modificaciones. 脷ltima actualizaci贸n 06/01/2024. Estado de Zacatecas Art铆culo 339 C贸digo Penal . Art铆culo 1337 338 339 340 341392. Ver el art铆culo . Mejores juristas. Alejandro Ritch Ciudad de Mexico [email protected] 小omentarios: 5.
penalvigente en el momento de realizaci贸n del delito. El momento y lugar de realizaci贸n del delito son aqu茅llos en que se concretizan los elementos del tipo penal. ART脥CULO 8.- Principio de la Ley m谩s favorable al imputado.- Cuando entre la comisi贸n del delito y la extinci贸n de la pena o medida de seguridad, se pusiere en vigor otra
Art 96 17 de mayo de 1986 C贸digo Penal Art铆culo 96 Los t茅rminos para la prescripci贸n de la acci贸n penal ser谩n continuos y C贸digo Penal Art铆culo 96 Estado de Zacatecas . Vigente, con las modificaciones. 脷ltima actualizaci贸n 25/12/2023. Estado de Zacatecas Art铆culo 96 C贸digo Penal . Art铆culo 194 95 96 97 98392. Ver el
Vigente con las modificaciones. 脷ltima actualizaci贸n 18/12/2023. C贸digo Penal Zacatecas Art铆culo 349. Cuando por cualquier medio se cause da帽o, destrucci贸n o deterioro de cosa ajena, o de cosa propia en perjuicio de tercero, se aplicar谩n las sanciones del robo simple y se perseguir谩 a petici贸n de parte.
C脫DIGOPENAL PARA EL ESTADO DE ZACATECAS. LIBRO PRIMERO . T脥TULO PRELIMINAR . DE LA APLICACI脫N DE ESTE C脫DIGO . Art铆culo 1.-Este C贸digo se
C脫DIGOPENAL PARA EL ESTADO DE ZACATECAS T脥TULO PRIMERO CAP脥TULO I Reglas generales sobre delitos y responsabilidades de los participes ART脥CULO 5 Delito
Vigente con las modificaciones. 脷ltima actualizaci贸n 25/12/2023. C贸digo Penal Zacatecas Art铆culo 314. Al que abandone a un ni帽o o a un anciano incapaz de cuidarse a s铆 mismo, o a una persona enferma teniendo obligaci贸n de cuidarlos, se le aplicar谩n de tres meses a cuatro a帽os de prisi贸n,
94vpuS. 21grajt95w.pages.dev/30821grajt95w.pages.dev/51421grajt95w.pages.dev/32521grajt95w.pages.dev/31721grajt95w.pages.dev/13721grajt95w.pages.dev/46621grajt95w.pages.dev/55121grajt95w.pages.dev/50921grajt95w.pages.dev/57821grajt95w.pages.dev/77421grajt95w.pages.dev/64021grajt95w.pages.dev/5621grajt95w.pages.dev/41821grajt95w.pages.dev/98521grajt95w.pages.dev/701
codigo penal zacatecas vigente